Saturday, November 23, 2019

Presentar moción para reabrir un caso de deportación

Presentar mocià ³n para reabrir un caso de deportacià ³n La mocià ³n para reabrir un caso es una posibilidad que las leyes de inmigracià ³n permiten para luchar una orden de deportacià ³n en circunstancias concretà ­simas. Requisitos previos para poder presentar una mocià ³n para reabrir un caso Tiene que haber una orden de deportacià ³n.El extranjero contra el que se ordena la deportacià ³n tiene que estar presente en Estados Unidos. Si deja el paà ­s, voluntariamente o forzosamente, la mocià ³n se considera abandonada. Tampoco aplica si el extranjero salià ³ de Estados Unidos y despuà ©s regresà ³ ilegalmente.  ¿Cules son las circunstancias que permiten que pueda presentarse una mocià ³n para reabrir un caso? Para que una mocià ³n para reabrir un caso ya sentenciado y que acabà ³ con un orden de deportacià ³n sea admitida debe alegarse: a) ha habido un cambio en la ley o pueden aplicarse argumentos legales que no se tuvieron en cuenta b) no se tuvieron en consideracià ³n ciertos aspectos del caso. Como ejemplos, aunque hay ms, pueden nombrarse: Cuando se puede alegar circunstancias como tener derecho a una green card por matrimonio con un ciudadano americano o residente, empleo, TPS, etc.Cuando se aprueba una ley de inmigracià ³n que favorecerà ­a al extranjero.Cuando el abogado que defendià ³ al extranjero en el caso de deportacià ³n no fue profesional y no tuvo en cuenta plazos, notificaciones, argumentos legales, etc.  ¿Cul es el plazo para presentar una mocià ³n para reabrir? El plazo es de 30 dà ­as pero se computa de manera diferente si la decisià ³n de la deportacià ³n procede de un juez de inmigracià ³n o del tribunal de apelaciones (BIA, por sus siglas en inglà ©s). En casos especiales en los que la deportacià ³n se ordenà ³ in abstentia, es decir, sin que el extranjero afectado estuviese presente, podrà ­a reabrise el caso incluso aà ±os ms tarde si se puede probar que no se enterà ³ de que tuviese en su contra esa orden de deportacià ³n y que no fue su culpa la razà ³n por la que no acudià ³ a la vista en la que se ordenà ³ su expulsià ³n del paà ­s. Por ejemplo, si puede demostrar que nunca recibià ³ la citacià ³n, o que estaba muy enfermo y por esa razà ³n no acudià ³. Por ejemplo, hay personas que llevan aà ±os en Estados Unidos como indocumentadas y sin enterarse que tienen en su contra una orden de deportacià ³n. Y puede que algunos de ellos con el paso de los aà ±os se casen con un ciudadano o con un residente y podrà ­an tener abierta la puerta a obtener una tarjeta de residencia por matrimonio. En estos casos habrà ­a que considerar muy seriamente con un abogado de inmigracià ³n si es posible reabrir el caso de la orden de deportacià ³n de la que durante aà ±os no supieron ni que existà ­a. En todo caso, estos asuntos son delicadà ­simos y antes de hacer nada, presentar escritos o acudir a una oficina de inmigracià ³n es muy recomendable obtener buen consejo legal especà ­fico para el caso de cada uno y averigà ºar si hay o no una orden de deportacià ³n en contra.  ¿Cà ³mo se solicita una mocià ³n para reabrir un caso? Con el formulario del Servicio de Inmigracià ³n y Ciudadanà ­a (USCIS, por sus siglas en inglà ©s) con el nà ºmero I-290B. El arancel por este servicio es de $630. Para asegurarse de que el USCIS ha recibido la documentacià ³n dentro de plazo puede solicitarse ese servicio. Consecuencias Es muy importante entender que la presentacià ³n dentro de plazo de una mocià ³n para reabrir un caso no paraliza la orden de deportacià ³n, que sigue su curso. Excepto que asà ­ lo decida el juez de inmigracià ³n. Lo que sà ­ la paraliza es una apelacià ³n. Nada impide presentarla junto con la mocià ³n.  ¿Quà © pasa si no se tiene razà ³n? Sà ³lo en algunos casos es posible apelar la desestimacià ³n de una mocià ³n para reabrir.    ¿Se puede suspender temporalmente la deportacià ³n? Si se han agotado todos los caminos para luchar contra una orden de deportacià ³n y es necesario ms tiempo por razones personales graves y justificadas entonces es posible solicitar una suspensià ³n o aplazamiento temporal de la deportacià ³n. Es lo que se conoce en inglà ©s como stay of deportation or removal.

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